Contratos Multipropiedad
Los contratos de derecho de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles están siendo objeto de numerosas demandas por parte de los propietarios debidos a la sentencia del Tribunal Supremo Español que ha anulado la gran mayoría de el llamado contrato de aprovechamiento.
Tenemos que decir que el término multipropiedad está mal acuñado. En realidad esta definición da a lugar a error por parte de los consumidores a tener algo de gran valor o producto de inversión, nada más lejos de la realidad. Sin embargo en España este término se ha establecido, a pesar que en la ley 4/2012 se prohíbe usarlo.
Debido a que son numeroso los títulos que son escrituras, este término, aunque erróneo se sigue usando coloquialmente.
Producto Vacacional De Larga Duración
Un contrato de multipropiedad debe de especificar la duración del régimen de la vivienda en multipropiedad y la naturaleza real o personal del producto. La sentencia del Tribunal Supremo ha dejado la duración máxima a 50 años de los contratos.
La perpetuidad de este tipo de producto vacacional es la principal fuente de nulidad de los contratos de multipropiedad.
La cuota de mantenimiento se paga a la empresa gestora, y esta se encarga del buen funcionamiento del régimen. Esta gestora puede ser el propio complejo o una empresa externa.
Esta cuota ha sido el principal problema para miles de usuarios, a pesar que en los contratos y estatutos de los complejos se facultaba a estos a rescindir los títulos (cancelando así la obligación de pago y el derecho de uso) son muy pocos los complejos que efectivamente han hecho uso de esta facultad.
Los complejos tienen la facultad de rescindir los contratos por impago, son muy pocos que ejercen esta facultad.
Abogado experto en contratos de multipropiedad
Mala fama del tiempo compartido
La firma de los contratos de tiempo compartido se efectuaba en salas de venta a usuarios que no buscaban comprar. Estas empresas comercializadoras empleaban complejas fórmulas de marketing para atraer a los usuarios a las charlas promocionales, dónde después de varias horas de charla, los consumidores terminaban exhaustos y con un contrato firmado y un crédito asociado a la compra. La mala reputación de estos contratos viene dada por la imposibilidad de cancelar esta compra. Casi todos los clientes volvían al día siguiente en el fin de semana y los señores de la venta se habían esfumado, o en otros casos les derribaban a terceras empresas para la baja.
Sin entrar en la legalidad de estas técnicas un contrato firmado después del 5 de enero de 1999 puede ser anulado si cumple los siguientes requisitos:
- Es por tiempo indefinido, o un periodo mayor a 50 años. (perpetuidad)
- Indeterminación del objeto, esto quiere decir que no tenga semana asignada (semana flotante o puntos) ni número de apartamento.
Dónde acudir para saber si mi contrato de multipropiedad es anulable
Son numerosos los despachos que actualmente llevan casos de nulidad de multipropiedad, pero el mejor despacho experto en contratos de multipropiedad es Álvaro Caballero de Valladolid. Este despacho cuenta con un gran recorrido en anulabilidad de contratos y nulo de pleno derecho. Además las consultas son completamente gratuitas para los afectados por la multipropiedad.
La lista por la cual un contrato puede anularse es muy extensa, pero la nulidad de pleno derecho la da la indeterminación del objeto y el tiempo indefinido, según la sentencia del Supremo
Los contratos deben de ser anulados por un juez, no de manera unilateral.
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